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AUDITORIA INTERNA
1.
Examinar y evaluar la planificación, organización, dirección y
control interno gerencial u operacional.
2.
Revisar y evaluar la eficiencia y economía con que han
utilizado los recursos humanos, materiales y financieros y que
hayan sido aplicados a los programas, actividades y propósitos
autorizados.
3.
Verificar la confiabilidad, oportunidad y pertinencia de la
información financiera y administrativa.
4.
Efectuar el control posterior parcial o total y/o exámenes
especiales con respecto a la realización de proyectos de
construcción, suministro de bienes y servicios que comprometan
los recursos de la entidad, empleando las técnicas necesarias
para lograr el cumplimiento de cada una de las fases.
5.
Formular conclusiones y recomendaciones resultantes de los
exámenes practicados por medio de los respectivos informes.
6.
Cuando las actividades realizadas o los hechos observados no
fueren significativos y no implique responsabilidades, el
auditor interno podrá comunicar los resultados por medio de
oficio o memorándum interno a las autoridades respectivas,
previa la revisión y supervisión del Tribunal Superior de
Cuentas.
7.
Efectuar la evaluación en forma preventiva de la ejecución del
Presupuesto de Ingresos y Egresos, así como la liquidación,
finalizar el año fiscal.
Artículo 74 del Reglamento General de la Ley Orgánica del
Tribunal Superior de Cuentas
GERENCIA ADMINISTRATIVA
1.
Controlar la ejecución del Presupuesto Anual de Egresos
de la Secretaría y manejar el presupuesto de la Oficina del
Secretario.
2.
Llevar un registro de los contratos de toda la Secretaría
cuyas copias le serán remitidas por la Secretaría General,
excepto los de servicios profesionales.
3.
Solicitar a la Dirección General de Presupuesto las
reservas de crédito de la Oficina del Secretario.
4.
Analizar, preparar y tramitar las solicitudes de
transferencias de fondos, de ampliación de cuotas y
transferencia de valores entre cuentas de la Secretaría.
5.
Llevar el Registro de cotizaciones para compra de bienes
y para la contratación de servicios y reparaciones de edificios,
de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.
6.
Manejar el fondo rotatorio y el fondo reintegrable
asignados a la Oficina del Secretario.
7.
Llevar el control de los vehículos de la Secretaría que
no estén destinados a las Direcciones Generales u otras
dependencias y vigilar su correcto uso y mantenimiento.
8.
Llevar la contabilidad presupuestaria de la Secretaría,
registrando todas las erogaciones que afecten las asignaciones
tanto de la Oficina del Secretario como de las Direcciones
Generales.
9.
Proporcionar a la Oficina de Planificación Sectorial la
información necesaria para la preparación del Anteproyecto de
Presupuesto Anual de la Secretaria.
10.
Preparar órdenes de compra para la adquisición de materiales,
equipo, accesorios y cualquier otro suministro para la Oficina
del Secretario y tramitar las de toda la Secretaria.
11.
Preparar órdenes de pago de la Oficina del Secretario y tramitar
las de toda la Secretaria.
12.
Presentar mensualmente a la Dirección General de Presupuesto y a
la Contaduría General de la República el movimiento de la deuda
flotante y llevar el registro de ese movimiento en las
Direcciones Generales.
13.
Llevar a cabo la preintervención de todos los documentos
relativos a operaciones con cargo al Presupuesto General de
Egresos que emitan las Direcciones Generales y que deban ser
firmados por el Secretario de acuerdo con las disposiciones
legales y reglamentarias sobre la materia.
14.
Controlar la existencia en sus almacenes, de los artículos y
bienes de activo fijo y flotante que adquiera la Oficina del
Secretario, abasteciendo a las unidades que dependen de la
misma.
15.
Llevar inventario de bienes de la Oficina del Secretario y
mantenerlo actualizado.
16.
Llevar el registro de los inventarios de bienes de la
Secretaria, para lo cual las Direcciones Generales y demás
dependencias proporcionaran la información necesaria.
17.
Elaborar proyectos de organización administración y contable de
la Secretaria, con el asesoramiento de la Sección de
Organización y Métodos dependientes de la Oficina de
Planificación Sectorial.
18.
Servir de enlace entre la Secretaría y el Ministerio de Finanzas
a través de la Dirección General de Presupuesto para los efectos
Presupuestarios.
19.
Llevar la Contabilidad General y de Costos de la Secretaria, con
base en la información proporcionada por las Direcciones
Generales y demás dependencias.
Artículo 102 de la Ley Orgánica del Presupuesto
SUB GERENCIA DE PRESUPUESTO Y ANÁLISIS FINANCIERO
1.
Registro y Control de ejecución presupuestaria (Registro
de solicitudes de compra, registro y control de los recursos
propios generados por las distintas dependencias).
2.
Elaboración de las reservas de sueldos del Personal por
Contrato.
3.
Programación financiera mensual y trimestral y el
respectivo plan de compras y contrataciones que se remite a la
Secretaría de Finanzas con el propósito de que éste ultimo se
incorpore al portal de Honducompras.
4.
Preparar el flujo grama de procedimientos del itinerario
que debe seguir las órdenes de compra y pago.
5.
Coordinación y aprobación de las cuotas de compromiso.
6.
Realizar las modificaciones presupuestarias como producto
de las ampliaciones automáticas Recursos Propios, incluyendo los
de la venta de energía a la ENEE mediante la operación de la
Central Hidroeléctrica de Nacaome
7.
Preparar y enviar a la Secretaría de Finanzas y UNAT, los
informes del avance físico y financiero de los programas de
inversión (mensual y trimestral)
8.
Dar seguimiento a las Notas de Prioridad para nuevos
proyectos, mismos que deben estar registrados en el Banco
Integrado de Proyectos (BIP) Art. 62 de la Ley Orgánica de
Presupuesto.
9.
Llevar los registros de la ejecución presupuestaria
observando las disposiciones reglamentarias, Normas, y
procedimientos emanados de la Secretaría de Finanzas
10.
Dictar las normas para el manejo de archivos y custodia de la
documentación financiera de la Secretaría
11.
Canalizar y dar seguimiento a todas las modificaciones
presupuestarias que se efectúen de acuerdo a las Normas Técnicas
del Subsistema de Presupuesto y Manual de Procedimientos del
Presupuesto Preparar las Resoluciones Internas Institucionales (RII)
en los casos que señala el Art. 25 de las Normas Técnicas del
Subsistema de Contabilidad Gubernamental.
12.
Preparar al señor Ministro, los requerimientos adicionales de
recursos que son enviados a la Secretaría de Finanzas como
resultado de situaciones especiales o de emergencia Elaborar el
Anteproyecto de Presupuesto y Plan Operativo Anual y
Presupuestos Plurianuales de conformidad con la política
presupuestaria y techos asignados por la Secretaría de Finanzas
·
Artículo 44 de las Disposiciones Generales del Presupuesto
·
Artículo 41 de la Ley Orgánica del Presupuesto y 4 de las
Disposiciones Generales del Presupuesto
·
Artículo 61 de la Ley Orgánica del Presupuesto y 3 de las
Disposiciones Generales del Presupuesto
·
Artículo 98 de la Ley Orgánica de Presupuesto
·
Artículo 104 de la Ley Orgánica del Presupuesto
·
Artículo 29 de las Disposiciones Generales del Presupuesto
·
Artículo 21 de las Disposiciones Generales del Presupuesto
SUB-GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
1.
Atender y tramitar los asuntos relacionados con el
personal de la Secretaria y efectuar el registro y control del
mismo.
2.
Tramitar la documentación que se relacione con el
capítulo presupuestario de “Recursos Humanos”, incluyendo
sueldos y salarios permanentes, compensación por trabajos en
horas extraordinarias, diversos servicios profesionales y
técnicos, jornales y agilizar los tramites para el pago oportuno
de los sueldos y salarios.
3.
Elaborar e implementar los métodos y sistemas
administrativos que conlleven a obtener mayor eficacia en la
Administración de Personal.
4.
Implementar la metodología conducente al reclutamiento,
selección, orientación y mejoramiento del personal de
conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de
Servicio Civil y su Reglamento.
5.
Tramitar ante la Dirección General de Servicio Civil las
acciones de personal que corresponden y una vez aprobadas estas
gestionar la emisión del Acuerdo de nombramiento respectivo.
6.
Llevar un registro de los contratos por servicios
profesionales que celebre la Secretaría.
7.
Integrar, procesar y mantener actualizada la información
de los archivos de carácter general y de naturaleza presupuestal
relativos al personal, y abrir a cada miembro de esta, incluidos
los empleados por contrato, el expediente respectivo.
8.
Elaborar un plan de jornales en coordinación con las
Direcciones Generales, en el cual se desglosara el personal a
utilizarse durante el ejercicio presupuestario vigente y
presentarlo oportunamente a la Dirección General de Presupuesto
para su conocimiento.
9.
Expedir, registrar y controlar todas las credenciales de
identificación de los empleados de la Secretaria.
10.
Controlar la asistencia y graficas de las actividades
sobresalientes de la Administración de Personal.
11.
Seleccionar, previa consulta con las autoridades superiores y
con los Directores Generales, a los candidatos para asistir a
congresos y conclaves nacionales e internacionales en
representación de la Secretaria y a los candidatos para optar a
becas de estudio en materias que interesasen en esta área.
12.
Informar al Sub -Gerente sobre la comisión de faltas en que
incurran los empleados de la Oficina del Secretario y recomendar
la sanción aplicable según el caso.
13.
Servir de vínculo entre la Secretaria y la Asociación de
Empleados Públicos, los sindicatos de trabajadores pagados por
planilla o jornaleros, y demás organizaciones representativas de
los empleados y trabajadores, atendiendo las peticiones,
sugerencias y quejas que presenten esta área, lo mismo que las
que hagan los empleados o trabajadores a titulo personal.
14.
Coordinar y supervisar las actividades relativas a los sistemas
y procedimientos concernientes a la Administración de personal
que llevan a cabo las diversas unidades administrativas de la
Secretaria.
15.
Informar a la Asesoría Legal sobre las investigaciones que
efectué sobre reclamaciones que se formulen contra la
Secretaria, ante la Dirección General de Servicio Civil, el
consejo del Servicio Civil Y Tribunales Laborales.
16.
Llevar el control de incapacidades laborales extendidas por el
Instituto Hondureño de Seguridad Social y coordinar todos los
aspectos relacionados con la actividad de aquel a fin de que se
otorgue al personal de la Secretaria las prestaciones que
establece la Ley correspondiente.
17.
Comunicar a las Direcciones Generales para fines de control, y a
la Dirección General de Presupuesto, en los primeros cinco días
de cada mes, los nombramientos, los ascensos, descensos,
permisos, vacaciones, Licencias con o sin goce de sueldo, y
despidos que hubieran ocurrido y sobre las incapacidades y demás
prestaciones que hubiere otorgado el Instituto Hondureño
de Seguridad Social. De igual manera informar a la Dirección
General de Presupuesto sobre la fecha de toma de posesión de los
empleados nuevos para efectos de elaborar planilla.
Artículo 53 – 79 de las Disposiciones Generales del Presupuesto
Artículo 35 del Reglamento de las Disposiciones del Presupuesto
SUBGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
1.
Encargada del control de Compras de materiales de Oficina
del secretario.
2.
Control de Entrega y responsables de los materiales.
3.
Vigilar el buen uso de los equipos asignados de cada
Departamento.
4.
Asistir a la Gerencia Administrativa para que se hagan
las liquidaciones en el SIAFI de las diferentes compras
realizadas.
5.
Informar al señor Ministro de las diferentes necesidades
que presentan los Departamentos de conformidad al plan de
compras menores.
6.
Elaborar el Plan de Compras y Contrataciones de la
Secretaría e incorporarlo al Portal de HONDUCOMPRAS.
Artículo 44 de las Disposiciones Generales del Presupuesto
SECRETARIA GENERAL
1.
Asistir al Secretario de Estado y a los Subsecretarios de
Estado;
2.
Recibir las solicitudes y peticiones que se presenten al
Despacho y llevar el registro correspondiente para el control y
custodia de los expedientes;
3.
Velar porque los asuntos en trámite se despachen dentro de los
plazos establecidos;
4.
Llevar el registro de los decretos y acuerdos que se dicten
sobre asuntos del Ramo;
5.
Llevar el registro de la correspondía oficial y turnarla a quien
corresponda;
6.
Llevar el archivo general del Despacho;
7.
Autorizar la firma del Secretario o de los Subsecretarios de
Estado en las providencias, acuerdos o resoluciones que dicten;
8.
Notificar a los interesados las providencias o resoluciones y,
en su caso, expedir certificaciones y razonar documentos;
9.
Transcribir a los interesados los acuerdos que se dicten sobre
asuntos del Ramo;
10.
Resolver en los asuntos que le delegue el Secretario de Estado
11.
Informar periódicamente a sus superiores de los asuntos
sometidos a su conocimiento;
12.
Su titular tiene funciones de fedatarios.
Artículo
27 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias
del Poder Ejecutivo
COOPERACIÓN EXTERNA Y MOVILIZACIÓN RECURSOS
La
Unidad
de Cooperación Externa y Movilización de Recursos que coordina
la Secretaria General, tiene a su cargo asistir al Secretario de
Estado en la formulación de estrategias de cooperación externa
que faciliten la ejecución de programas y proyectos.
Artículo
42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias
del Poder Ejecutivo
DIRECCIÓN LEGAL
La unidad de Servicios Legales, es coordinada por la Secretaria
General, a la que corresponde apoyar y asistir a las diferentes
dependencias de la Secretaria de Estado, sobre asuntos legales,
emitiendo opiniones y dictámenes, preparando proyectos de
convenios, contratos, iniciativas de ley o reglamentos, así como
prestando servicios de representación legal y procuración cuando
corresponda.
Artículo 40
del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo
UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL
1.
En concordancia con las políticas ambientales regionales y
nacionales, desarrollar las estrategias y acciones de gestión
ambiental al interno de la SOPTRAVI.
2.
Desarrollar el proceso de implementación, seguimiento,
evaluación y retroalimentación de normas ambientales, para todas
las etapas de ciclo vial.
3.
Formular programas de evaluación anterior y posterior para los
proyectos cuya ejecución se encuentra en la fase de liquidación,
y de auditorías ambientales a proyectos que se encuentran en la
fase de ejecución para asegurar el cumplimiento de las
condiciones fijadas en los permisos o licencias ambientales de
los proyectos viales, en coordinación con la SERNA.
4.
Elaborar y proponer especificaciones técnicas ambientales, tanto
generales como especificas, para incorporarlos a los pliegos de
licitación y documentos contractuales para la construcción y
supervisión de los proyectos viales.
5.
Verificar la incorporación de análisis de vulnerabilidad y
amenazas potenciadas en la red vial, en coordinación, con las
organizaciones correspondientes.
6.
En relación con el inciso anterior participar en los planes de
contingencias para enfrentar eventuales amenazas naturales y
antropicos, tales como: sismos, inundaciones, dinamos de
hidrocarburo, incendios y otros.
7.
Realizar las recomendaciones necesarias para la reducción de
riesgos, relacionadas con amenazas naturales y vulnerabilidades
físicas, ambientales y sociales.
8.
Supervisar la implementación y cumplimiento de los planes de
gestión ambiental y social elaborados para los proyectos viales
y de las especificaciones ambientales generales y especificas,
estipuladas en las autorizaciones y licencias ambientales.
9.
Formular y estandarizar metodologías y procedimientos para
identificar y evaluar los impactos ambientales de los proyectos
viales.
10.
Como parte del mejoramiento continuo del Sistema de Gestión
Ambiental participar en la formulación y normas ambientales en
la planificación y políticas del sector, así como el desarrollo
de procedimientos para la gestión ambiental.
11.
Formular y evaluar la dimensión ambiental de los proyectos
viales a nivel de perfil, pre factibilidad y dar seguimiento de
la formulación de los EIA, asegurándose que cumplan con los
términos de referencia y que se incluyan los costos y diseños
de las obras de mitigación en los diseños definitivos de los
proyectos.
12.
Impacto ambiental y los Diagnósticos Ambientales Cualitativos,
así como las bases de licitación de los proyectos en la
Secretaria.
13.
Formular y estandarizar metodologías y procedimientos para
identificar y evaluar los impactos ambientales generados por la
construcción, operación y mantenimiento de los proyectos viales,
y demás Direcciones de la SOPTRAVI.
14.
Coordinar con otras instituciones del Estado, que tengan
competencia en la Gestión Ambiental.
15.
Revisar, actualizar guías, manuales, instructivos ambientales u
otros documentos de campo, para la aplicación de las medidas de
mitigación de los impactos negativos.
16.
Desarrollar y mantener un centro de datos técnicos sobre
aspectos Ambientales y sobre la legislación aplicable en los
planes y proyectos de la SOPTRAVI.
17.
Dar seguimiento a los trámites de obtención de licencias o
permisos ambientales ante la SERNA y otras instancias
Gubernamentales pertinentes.
18.
Formular y coordinar programas de capacitación y divulgación
ambiental a través de desarrollo de talleres, cursos para
ejecutores ambientales y para el personal técnico y profesional
de las empresas Constructores y Supervisoras.
19.
Definir medidas a implantar para la protección de los laborantes
en los proyectos, exigiendo a las empresas Contratistas y
Supervisoras la utilización de medidas de protección personal y
todas aquellas que exigen las leyes laborales del País.
20.
Velar por la implementación de medidas tendientes a la
protección y seguridad vial de los usuarios de las carreteras,
tanto en la etapa de ejecución como en la operación.
21.
Incorporar valoraciones económicas ambientales de los impactos
en proyectos viales, con el fin de determinar los costos, ya sea
por vulnerabilidad, medidas compensatorias o por daños
ambientales en la construcción de un camino.
INFORMÁTICA INSTITUCIONAL
1.
Encargada del control de Usuarios del Sistema informático de la
Secretaria.
2.
Actualización de los datos necesarios para dar a conocer
diferentes actividades y proyectos que desarrollan el señor
Ministro y sus colaboradores.
3.
Mantenimiento de Software y Hardware de los distintos
Departamentos de esta Secretaria.
4.
Desarrollo de programas que facilitan los procedimientos para
diferentes actividades.
5.
Mantenimiento y actualización periódica de la pagina web
SOPTRAVI y los portales de Transparencia, Carreteras y
Transporte.
6.
Estructuración de la Red Interna de SOPTRAVI.
UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN
La
Unidad
de Planeamiento y Evaluación de Gestión tiene a su cargo el
análisis y diseño de políticas, programas y proyectos de la
Secretaría de Estado, de acuerdo con las políticas de gasto y de
inversión pública y las directrices oficialmente establecidas
por el Presidente de la República, incluyendo la preparación de
los planes operativos anuales y la programación operativa a
mediano y largo plazo en las áreas de su competencia; la
evaluación periódica de su ejecución definiendo indicadores de
eficiencia y de eficacia; la conducción de estudios para la
definición de prioridades de gasto e inversión para el
anteproyecto de presupuesto anual y para la gestión de recursos
destinados al financiamiento de proyectos; la formulación de
normas técnicas para el diseño y operación de sistemas de
información y de estadística de la Secretaría de Estado; le
corresponde, asimismo , la evaluación de los programas a cargo
de las instituciones autónomas vinculadas sectorialmente a la
Secretaría de Estado, presentando los informes que corresponden.
Artículo 38
del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del
Poder Ejecutivo
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
1. Coordinar
y Supervisar las acciones que la Secretaría de Obras Públicas,
Transporte y Vivienda realiza para proporcionar la información
prevista en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.
2. Difundir la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, Reglamento y sus procedimientos a lo interno de la
Institución.
3. Recibir las solicitudes de información, darles seguimiento y
trasladarlas a la Unidad Administrativa responsable (UAR) de
generar la respuesta y una vez respondida dicha solicitud por la
UAR, notificar la respuesta a los particulares.
4. Orientar a los ciudadanos en el uso del derecho de Acceso a
la Información Pública.
Artículos 5 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, 36 y 37 del Reglamento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
UNIDAD DE PROYECTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS
1.
Formulación y evaluación de proyectos públicos y privados de la
Secretaría de Obras Publicas Transporte y Vivienda.
2.
Informar del compartimiento trimestral del desarrollo de los
proyectos que se desarrollan
3.
Dar a conocer la ejecución de los fondos empleados en el
desarrollo de los mismos.
4.
Hacer las recomendaciones necesarias para el aprovechamiento
integral de los proyectos desarrollados.
5. La Unidad tendrá la responsabilidad de identificar, formular
y planificar proyectos de infraestructura pública, analizando su
viabilidad política, económica-financiera, técnica, jurídica y
ambiental para desarrollar mediante la asociación
público-privada y, posteriormente licitar su construcción y
operación cuando así sea la movilidad
COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
La
Unidad
de Comunicación Institucional que coordina la Secretaría
General, tiene a su cargo los asuntos relacionados con la
divulgación de las actividades de la Secretaria de Estado,
servicio de información y prensa y la atención de asuntos
protocolarios.
Artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Competencias del Poder Ejecutivo
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